Blog

Tamaño de fuente: +

Qué es y qué condiciones tiene el régimen especial de grupos de IVA

grupos-de-iva

El régimen especial de grupos de IVA, también conocido bajo las siglas REGE (Régimen Especial del Grupo de Entidades), es un régimen opcional al que pueden optar los empresarios o profesionales que formen parte de un grupo de entidades.

El grupo de entidades es aquel que está compuesto por distintas sociedades dependientes que se encuentran bajo una entidad dominante, la cual ostenta la representación del grupo ante la Administración tributaria.

Todas estas sociedades deben estar vinculadas entre sí en orden financiero, económico y de organización, siempre que las sedes de todas las entidades estén en territorio de aplicación del IVA.

 

¿Cómo funciona el régimen especial de grupos de IVA?

Este régimen tiene una doble finalidad:

  1. Evitar saldos a favor y en contra en empresas integrantes del mismo grupo. El mecanismo tiene en cuenta las autoliquidaciones individuales, que se presentan de forma mensual, para determinar si el resultado es a ingresar o devolver en una única autoliquidación agregada del grupo.
  2. Eliminar los costes derivados del IVA en operaciones intragrupo.

H2: ¿Qué se considera entidad dominante y qué entidad dependiente en un grupo de IVA?

La sociedad dominante es aquella que tiene personalidad jurídica propia, que dispone de un control efectivo al menos del 50 % sobre las entidades del grupo durante todo un año y depende de otra entidad considerada como dominante. 

Se considera entidad dependiente al empresario o profesional que se establece en el territorio de aplicación de IVA y sobre el que la entidad dominante posee una participación de mínimo el 50 %.

 

Estas son las condiciones para la aplicación del REGE

Para poder aplicar el régimen especial de los grupos de IVA se deben cumplir una serie de requisitos:

  • La empresa dominante debe permanecer en el régimen especial durante mínimo tres años. Debe notificarlo a Hacienda mediante el modelo 039 en diciembre del año anterior al año que comience el régimen.
  • Esta aplicación se entenderá prorrogada salvo que se renuncie a ello. En el caso de renuncia, esta tendrá una validez mínima durante tres año
  • La solicitud para la aplicación del régimen especial de grupos de entidades debe realizarse antes del inicio del año natural en que se va a aplicar y deben presentarse las actas de todas las sociedades que forman el grupo.
  • La participación, directa o indirecta, de la entidad dominante sobre el resto debe ser igual o superior al 50 %, ya sea en el capital o en los derechos de voto.

 

Si tienes dudas sobre el régimen especial de grupos de IVA, pídenos una consultoría. En IVA Consulta somos asesores especializados en IVA, ¡podemos ayudarte!

×
Stay Informed

When you subscribe to the blog, we will send you an e-mail when there are new updates on the site so you wouldn't miss them.

El nuevo IVA del comercio electrónico. Del régimen...
Spain and the new e-commerce VAT regime. The hidde...

Artículos relacionados

 

Comentarios

No hay comentarios por el momento. Se el primero en enviar un comentario.
¿Ya està registrado? Ingresa Aquí
Invitado
Viernes, 13 Marzo 2026

Suscríbete a nuestro boletín

Etiquetas

impuesto plástico SII sistema común de IVA aduanas Administración Holanda facturación de profesionales inversores tasa tech grupos de IVA impuesto grandes empresas REGE derechos de aduana aplazamiento de deuda tributaria VAT Forum pisos turísticos factura electrónica regularizar deuda planes fiscales asesoría fiscal IVA asesores fiscales China sentencia iva servicios digitales medidas antifraude tasa Tobin asesoramiento fiscal IRNR ventas online Comisión Europea CFE Tax Advisers Europe conflictos fiscales OCDE Batuz DEF recargo de equivalencia declaración Intrastat bonos convertibles brexit duro alquiler vacacional Europa declaraciones de importación en Irlanda del Norte nuevo sistema de IVA impuestos impuesto C02 armonización fiscal acuerdo de comercio impuestos especiales Brexit plataformas colaborativas servicios fiinancieros tasa digital normativa software de facturación empresarial Apple seguros impuesto CO2 coronavirus economía colaborativa facturación electrónica UE Régimen Especial del Grupo de Entidades ley contra fraude fiscal número de IVA válido España tipos de IVA fraude fiscal Italia conecuencias brexit Hungría asesores especializados doble imposición Plan de Acción IVA grupo de entidades OECD impuesto producción electricidad real decreto Vizcaya ESI impuesto digital global operadores digitales código de nomenclatura combinada comercio electrónico IVA en la UE Chipre Directiva DAC 7 Estados Unidos sistema VIES IVA impagado Austria mecanismos transfronterizos fondo de recuperación elusión fiscal empresarial International School on Indirect Taxation impuestos digitales exportaciones ventanilla única e-commerce 2.0 operaciones digitales derecho comunitario sector portuario multinacionales declaración de bienes importados Agencia Tributaria acuerdo post brexit eventos especializados Facebook ventas en línea Alemania DAC 7 relaciones comerciales reclamación de deuda modelo 560 tasa GAFA fraude de IVA AEAT ventas a distancia IVPEE asesoramiento tribunales DAC7 programas de facturación empresarial vendedores online notificación del IVA impuesto de matriculación iva en bebidas azucaradas VAT impuesto especial sobre el plástico electricidad ingresos habituales energía GFV transformación digital DGT tasa RTVE importaciones SAF-T modelo 770 importaciones Irlanda del Norte plan de ayuda información tributaria régimen OSS proyecto Irlanda multas Primer Pilar medidas de apoyo cotización en bolsa IVA en tiempo real planificación fiscal abusiva ECOFIN marco temporal de ayuda estatal control fiscal automatización coronarivus impuestos primas de seguros armonización de impuestos Canarias impuestos para empresas ventanilla única e-commerce 1.0 competencias ejecutivas SILICIE bienes de ciudadanos Sistema de Intercambio Unión Europea uso turístico viviendas paquete comercio electrónico exenciones tiendas online comité de IVA aranceles inversión sujeto pasivo iva comercio electrónico iniciativa BEFIT Modelo 720 prácticas fiscales abusivas ATAD declaración de bienes exportados compra de acciones vouchers Luxemburgo Global Forum on VAT revolución industrial 4.0 gestión recaudatoria IVEA plataformas digitales Reino Unido aplazamiento de impuestos régimen fiscal brexit sin acuerdo reglas de IVA transacciones B2B objetivos políticos libros contables de impuestos especiales suministro inmediato yate AIEM Estrategia Europea para el plástico en una economía circular plásticos de un solo uso suministro de bienes con transporte nuevo impuestos sicav Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico impuestos especiales de fabricación Plan de Acción de IVA Booking Suministro Inmediato de la Información medidas COVID-19 VAT gap economía global comunicación fiscal Comisión Gentiloni régimen MOSS ventanilla única para aduanas ventanilla única de aduanas erosión fiscal Portugal Fedeia e-invoice Ley de Presupuestos banca IVA en destino pago de impuestos modelo 771 publicaciones electrónicas secreto profesional impuesto GAFA I-OSS facturación intercambio CRS Wallapop e-invoicing imposición indirecta bitcoins transferencia bancaria prensa española facturación para empresas ecommerce mercados financieros Estonia IVA comercio electrónico modelos de negocio e-commerce socimi ley de mercados digitales servicios digitales deudas tributarias Suministro inmediato de la información iva y recargo de equivalencia bonos polivalentes reforma IVA salida de Reino Unido iva e-commerce venta transfronteriza consecuencias tasa Netflix administraciones tributarias International VAT Expert Academy Airbnb elusión fiscal publicaciones digitales directiva intereses de demora asientos contables intercambio automático modelo 604 control tributario impuestos directos banco modelo 720 economía digital fiscalidad empresarial declaraciones fiscales digitales bonos univalentes Iva de importación expertos en VAT CFE País Vasco Quick Fixes Comité del IVA nuevos impuestos Directiva del IVA normativa del IVA Amazon facturas iva online impuesto digital recargo de equivalencia IVA aplazamiento fiscalidad internacional Suministro Inmediato de Información ventas a distancia B2C impuestos especial sobre la electricidad sistemas inteligentes acuerdo global impuesto canario modelo 210 medidas zona euro contribuyentes no residentes IVA europeo entidades de crédito colaboradoras pymes autoliquidación modelo 604 sistema fiscal NRC deuda tributaria TJUE impuestos atrasados facturación empresarial tasa Google comercio electronico envases no reutilizables impuesto multinacionales grandes empresas obligaciones fiscales impuestos indirectos pago de deuda tributaria prioridades legislativas reglamento SEPA IVA defraudado normas del IVA deuda de impuestos agujero de IVA MIFID II B2B Grupo sobre el futuro del IVA directivas publicaciones físicas sanciones sector energético cooperación administrativa reglamentos de IVA declaración fiscal actualidad representante legal declaraciones fiscales electrónicas Radiotelevisión Española fiscalidad e-commerce DAC6 era digital OMC declaración de bienes en el extranjero autónomos ERP declarar el IVA impuesto a plásticos de un solo uso impuesto a las transacciones financieras impuestos en la UE declaración de la renta intermediarios pisos turísticos impuesto generación electricidad impuesto sobre determinados servicios digitales Navarra BEPS directiva de elusión fiscal itf ley de servicios digitales paquete de IVA formación impuesto aviación política fiscal reservas online Hacienda suministro inmediato de información gas COVID-19 fichero de contabilidad impuesto transacciones financieras directiva DAC6 arbitrio canario infracciones operaciones transfronterizas transitarios derechos de aduanas aduanas Irlanda del Norte tipo general del IVA régimen especial ventanilla única Francia agentes de aduanas sector aviación Annual VAT Summit República Checa sector aeronáutico contenido bajo demanda transacciones financieras G20
logo-ivaconsulta-byn.png

Estudiamos las necesidades en materia fiscal a nivel europeo de empresas globales.

IVA CONSULTA
Glorieta de Quevedo, nº 9, 5º
28015 Madrid (España)

CENTRO DE SERVICIOS
C/ Arena, 1, Planta 4ª
35002 Las Palmas de Gran Canaria (España)

Siguenos en:

platforamvat-byn.png
Para una más eficiente prestación de nuestros servicios hemos desarrollado PlatformVAT, nuestra propia herramienta de trabajo colaborativo en línea.
Copyright © 2026 IVAconsulta - Todos los derechos reservados

Desarrollo web: ETL DIGITAL

Buscar