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Llega SILICIE, el SII para los impuestos especiales

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Con el inicio de 2020 será obligatorio el suministro electrónico de los asientos contables para los productos y materias primas sujetos a impuestos especiales.

Toda la operativa se realizará desde SILICIE, el nuevo portal de llevanza de la contabilidad para productos objeto de los impuestos especiales a través de la AEAT. Ya se ha habilitado un acceso específico para facilitar el cumplimiento de esta obligación.

Pese a que el texto aún no es definitivo, se espera que las condiciones y los aspectos más relevantes no cambien de manera brusca.

 

¿A quiénes repercute SILICIE, el suministro electrónico para impuestos especiales?

Los sujetos obligados a utilizar este sistema son los titulares de fábricas, depósitos fiscales, depósitos de recepción, almacenes fiscales y fábricas de vinagre.

 

¿Qué información deben suministrar a SILICIE?

Es necesario que la contabilidad refleje los procesos, movimientos y existencias de los productos objeto de los impuestos especiales. Además, también se debe hacer lo propio con las materias primas necesarias para su producción junto a las diferencias propias del almacenamiento, fabricación o circulación.

 

¿Cómo puede efectuarse el suministro electrónico de los asientos contables?

Los afectados pueden proceder de cualquiera de estas tres formas para hacer llegar el suministro electrónico a la AEAT:

Servicios web basados en un intercambio electrónico de mensajes.

• A través del formulario de la sede electrónica.

• Gracias a la importación de ficheros.

 

¿En qué plazo se deben notificar los asientos contables?

De forma general, los asientos contables se deben notificar dentro de las 24 horas siguientes al momento en el que se ha producido el movimiento, la operación o el proceso que origine el asiento.

Sin embargo, hay algunas excepciones que dependen de los casos concretos y deben verse de manera específica con la casuística de cada empresa.

Como es habitual, el suministro electrónico lo podrá realizar el propio titular de la empresa, el representante voluntario o el colaborador social. El nuevo sistema sale a la luz de acuerdo a lo establecido en el artículo 50 del Reglamento de los Impuestos Especiales.

En la Sede electrónica de la Agencia Tributaria se ha habilitado un acceso específico, para facilitar el cumplimiento de esta obligación, a través del portal SILICIE. Si este cambio normativo te afecta, prepárate para tener todo listo el 1 de enero de 2020. Consulta a nuestros asesores especializados en impuestos especiales.

 

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