La modificación del AIEM, con diferencias significativas respecto al anterior, está en vigor desde el 1 de enero de 2021 y se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2027.

En este intervalo de tiempo, será necesario presentar un informe intermedio sobre su aplicación por las autoridades españolas antes del 30 de septiembre de 2025. El AIEM es un impuesto indirecto exclusivo para el archipiélago canario que grava la producción local y las importaciones de productos, con exenciones o reducciones del impuesto para determinados productos obtenidos y producidos de forma local en las islas.

Una de las modificaciones más relevantes se relaciona con más flexibilidad a las autoridades españolas para hacer ajustes en el impuesto. Se establece un listado de unos 100 productos a 4 dígitos, que permiten al Parlamento de Canarias dentro del marco legislativo qué productos grava, el nivel de desagregación y el tipo aplicable.

Además, se incorporan criterios objetivos para introducir nuevos productos al listado. Estos deben demostrar los costes adicionales de producción y contar, salvo excepciones justificadas, con una cuota de mercado de producción local entre el 5 % y el 90 %.

Este cambio en el arbitrio de importaciones y entregas en Canarias implica mayores competencias que las anteriores, mayor margen de actuación en la gestión y más responsabilidad para Canarias.

Todo esto aparece reflejado en el Decreto ley 21/2020, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley 4/2014, de 26 de junio, por la que se modifica la regulación del arbitrio sobre importaciones y entregas de mercancías en las Islas Canarias (BOC de 28 de diciembre de 2020). Tiene el visto bueno anterior de la UE, que aprobó la Decisión 2020/1792, del Consejo, de 16 de noviembre de 2020.

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