El impuesto digital sobre grandes multinacionales o tasa Google continúa su tramitación parlamentaria para la aprobación en España.

El impuesto sobre determinados servicios digitales (IDSD) afrontó con éxito el primer mecanismo de control para que entre en vigor. El Congreso de los Diputados aprobó, con enmiendas a la totalidad, que siga su curso y vaya al Senado el proyecto de ley que fue aprobado por el Consejo de Ministros en febrero de 2020.

 

¿Qué gravará la tasa Google o nuevo impuesto digital?

La denominada tasa Google nace para establecer un impuesto armonizado sobre determinados servicios y transacciones digitales. Su objetivo principal es actualizar los impuestos a la nueva economía digital y que las empresas paguen los impuestos en los lugares de donde extraen los datos, cuya actividad les aporta beneficios.

Si el IDSD o tasa Google se aprueba en España gravará:

1. La prestación de servicios de publicidad en línea.

2. Los servicios de intermediación en línea.

3. La venta de datos generados a partir de información que facilite el usuario.

 

Los sujetos pasivos serán aquellas personas jurídicas y entidades con un importe neto de cifra de negocios superior a los 750 millones de euros a nivel mundial y con unos ingresos derivados de servicios digitales gravados por el impuesto que superen los 3 millones de euros en España. Estarán afectas las empresas que sobrepasen estas cifras con independencia de su residencia fiscal. Todo esto aparece reflejado en el artículo 8. El gravamen sería de un 3 %.

Si el impuesto se aprueba tendría carácter transitorio, a la espera de que se llegue a un acuerdo internacional o europeo. Será un impuesto indirecto, pero pese a esto podemos encontrar supuestos de doble imposición en las empresas establecidas en España y que pagan impuestos directos (impuesto sobre sociedades, impuesto sobre actividades económicas, etc.). De hecho, podemos estar frente a un aumento de litigios para resolver estas situaciones.

Una vez que esté aprobado en el BOE, el impuesto entrará en vigor tres meses después. Si la tramitación parlamentaria sigue el curso esperado, el impuesto podría empezar a recaudar a finales de 2020.

 

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